Empresas


Además de evitar largos y costosos pleitos, la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo tiene estas grandes e interesantes ventajas para las empresas:
Si alguna persona solicita la hoja de quejas y reclamaciones a la empresa, la entrega de la misma es obligatoria, inmediata y gratuita, aunque no se haya llegado a entregar el producto o a prestar el servicio.
La persona que desee reclamar podrá solicitar el auxilio de agentes de la autoridad con competencia en materia de consumo o de las fuerzas y cuerpos de seguridad competentes, a fin de que hagan constar la negativa de las personas titulares de la actividad a facilitar o recepcionar las hojas de quejas y reclamaciones o la inexistencia de éstas.
La empresa reclamada deberá contestar de manera que quede constancia, mediante escrito razonado, en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el siguiente a la fecha de recepción de la misma.
El incumplimiento de estas obligaciones constituyen infracciones tipificadas con sanciones administrativas. (art. 71 Ley 13/2003, de 17 de diciembre).

1. Rellena una Solicitud de Adhesión de Empresas al SAC.
2. Dirígela a la Unidad de Consumo de la Diputación de Huelva.
3. Recibirás nuestro distintivo oficial, imagen de garantía y calidad para tu empresa.
El Sistema Arbitral de Consumo es un procedimiento extrajudicial, voluntario, gratuito y rápido de resolución de conflictos entre la empresa y la persona consumidora. El arbitraje de consumo es imparcial lo que se garantiza con la intervención en el procedimiento de árbitros independientes.
Además de evitar pleitos largos y costosos, la adhesión tiene estas otras ventajas para las empresas:
Si es empresario o profesional y desea adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, puede presentar su compromiso de adhesión de dos formas:
La adhesión de una empresa o profesional al Sistema Arbitral de Consumo le otorga valor añadido. Se trata de un distintivo de calidad y un plus de excelencia en los servicios ofrecidos.
Las empresas y profesionales que se adhieren al Sistema Arbitral de Consumo reciben el distintivo oficial de adhesión, que pueden utilizar tanto en sus establecimientos como en su publicidad, páginas web o en cualquier otro medio o documento.
Las empresas adheridas al SAC serán beneficiarias de la publicidad que realiza la Junta Arbitral Provincial en los diferentes medios de comunicación y en su página web. Así mismo formarán parte del censo de empresas adheridas al Sistema Arbitral de la Diputación Provincial de Huelva.
La audiencia del arbitraje se basa en un procedimiento sencillo. Antes de comenzar el acto, el presidente puede instar a las partes a una conciliación. En caso de no aceptarse por las partes se continuará con el proceso.
Las partes serán citadas a las audiencias con suficiente antelación y con advertencia expresa de que pueden acudir acompañadas por todas las pruebas, documentales, periciales y testificales que consideren oportunas.
Durante la audiencia, las partes podrán modificar o ampliar la solicitud y la contestación, pudiendo la empresa plantear reconvención frente a la parte reclamante.
De la audiencia se levantará acta que será firmada y enviada a las partes junto con el laudo arbitral.
Acudir de forma presencial a la audiencia no es obligatorio, aunque sí conveniente. El empresario tendrá la opción de acudir a través de un representante.
De no acudir de forma presencial, es muy importante que la empresa remita a la Junta Arbitral sus alegaciones por escrito con cuantos medios de prueba estime oportunos.
Otra opción, de no ser posible la presencialidad, es asistir a la audiencia mediante videoconferencia o a través de medios electrónicos.
El órgano arbitral resolverá el conflicto y emitirá un laudo que deberá constar por escrito y estará firmado por el colegio arbitral. El laudo estará siempre motivado.
Cabe destacar que el laudo arbitral es un título ejecutivo, por lo que una vez dictado y notificado a las partes será de obligado cumplimiento para ambas.
Frente al laudo solo cabe ejercitar la acción de anulación y en su caso, solicitud de revisión conforme a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil para las sentencias firmes.
Desde la Sede Electrónica podrás acceder a la información, servicios y trámites electrónicos puestos a disposición por la Diputación.